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DECRETO N° 180

LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,

 

 

D E C R E T A :

 

 

ARTÍCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, requiere al Presidente Municipal e integrantes del Honorable Ayuntamiento que conforman el gobierno municipal de Soledad Etla, Oaxaca, para que inmediatamente cumpla con las disposiciones previstas en los artículos 115 de la Constitución Política Federal, 113 de la Constitución Política del Estado, 231, 232 del Código de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales de Oaxaca, 21, 31 y 35 de la Ley Municipal para el Estado de Oaxaca, y den posesión de sus cargos e integren a los Concejales de Representación Proporcional, ciudadanos, OMAR RODOLFO LÓPEZ MORALES y CONSTANTINO LÓPEZ ROJAS, al Ayuntamiento de Soledad Etla, Oaxaca, asignándoles sus funciones, y así evitarse complicaciones legales en perjuicio del gobierno municipal.

 

 

Comuníquese esta determinación al Honorable Ayuntamiento de Soledad Etla, Oaxaca; al Titular de la Contaduría Mayor de Hacienda; al Secretario de Finanzas del Gobierno del Estado y al Director de Gobierno, para los efectos legales procedentes.

 

 

T R A N S I T O R I O :

 

 

ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su aprobación. Publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

 

 

 

 

Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.

 

DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 21 de febrero de 2008.

 

 

 

DIP. JORGE OCTAVIO GUERRERO SÁNCHEZ

PRESIDENTE.
RÚBRICA

 

 

DIP. WILFREDO FIDEL VÁSQUEZ LÓPEZ

SECRETARIO.
RÚBRICA

DIP. DANIEL GURRIÓN MATÍAS

SECRETARIO.
RÚBRICA